Ineficiencia registral


La semana jurídica Nº 361 publicó un estudio realizado por los académicos Julio Peña Torres y Javier Velozo, ambos docentes de la Universidad Alberto Hurtado, en que ponen en tela de juicio la eficiencia del sistema registral chileno.

El análisis consistió en un muestreo aleatorio en 11 notarías ( en el mes de junio de este año) del centro de Santiago para dos trámites simples: una declaración jurada y un permiso para que el cónyuge salga del país con un hijo. Los resultados fueron cartegóricos: para la primera diligencia el arancel máximo legal es de $500, sin embargo lo mínimo que se cobró fueron $1.000 y lo máxmimo $3.000. Para el caso del permiso, el arancel máximo legal es de $1.500, pero lo máximo que se cobró fueron $6.000. Lo mismo sucede con el Conservador de Bienes Raíces.

Esto es tema conocidos por todos. Siempre ha ocurrido que los ministros de fe a que hacemos alusión cobran aranceles más allá de los máximos legales. Empero, lo novedoso del estudio es que aborda el problema desde una perspectiva económica. Dos son los puntos que me parecieron más destacables:

En primer lugar, los autores se plantearon la siguiente pregunta: "¿Corresponderán los valores citados a "precios socialmente eficientes", que reflejan los reales costos de oportunidad de los recursos que se requieren para proveer servicios registrales en forma veraz, oportuna y eficiente? ¿Serán pagos socialmente justificados como "premio al riesgo",fruto de las responsabilidades asumidas en este cargo? ¿Serán los mecanismos de nombramiento de estos funcionarios los más adecuados para promover una entrega eficiente de estos servicios?".

En segundo lugar, los autores cuestionan la eficiencia de los actos jurídicos requeridos en algunos casos dentro del sistema registral: "la exigencia legal de realizar la compraventa de inmuebles mediante escrituras públicas,lo mismo se aplica a la constitución de sociedades comerciales. En ambos casos se preguntan, ¿qué necesidad jurídica hay de comparecer ante un ministro de fe para la suscripción de un contrato, y luego ante otro para el registro de dicho acto jurídico? ¿No es menos costoso y más eficiente que dicho acto jurídico se celebre de una vez frente al mismo ministro de fe encargado de su registro?".

Sobre lo primero, efectivamente creemos que los aranceles legales no están fijados en base a un criterio de costo-beneficio. Y respecto del "premio por el riesgo", en el mismo estudio citado se ha estimado que el Conservador de Bienes Raíces de Santiago tiene una utilidad operacional anual de US$ 8 millones, lo que consideramos en demasía excesivo para un premio por el riesgo.
En cuanto a lo segundo, concluyen los autores: "la integración de algunas de las funciones notariales y registrales contribuiría a lograr servicios de costo efectivo".

Ya hace unos años Sebastián Piñera propuso que cada abogado que cumpliese con ciertos requisitos mínimos puediese tener una notaría, para así desconcentrar el sistema registral, abaratar costos y generar competencia. Por supuesto que los notarios ejercieron sus influencias y la propuesta quedó en nada. Esto refleja el monopolio que ostentan los notarios y conservadores, y que dicho sea de paso no están dispuestos a entregar, ni aun en pos de establecer precios más justos y eficientes.

0 comentarios: